Mi vocación por la medicina nació cuando era muy pequeña, aproximadamente a la edad de cuatro años.- Mi padre, Don Roberto Voto, había sido lo que en aquellos tiempos se conocía como idóneo de farmacia, o sea, aquél que conocía de drogas, actualmente llamados genéricos, con los que artesanalmente se preparaban las “recetas magistrales”.- La farmacia era una verdadera farmacopea ambulante a cargo de prestigiosos farmacólogos, que elaboraban y, en algunas oportunidades, creaban fórmulas que plasmaban en sellos, jarabes, pócimas maravillosas para calmar los padeceres de los pobladores del barrio donde estaban ubicados.- Mi padre continuó en forma casera elaborando para uso doméstico en nuestro hogar, cremas, polvos astringentes y alguna otra cosa.- Pero también nos aplicaba las inyecciones que, el médico de cabecera del grupo familiar, cuyo nombre aùn recuerdo, el Dr. Acerbi, nos recetaba.
Fue mi padre el que, viendo mi interés por colaborar en la preparación de los productos farmacéuticos y mi curiosidad por la aplicación de las inyecciones, me enseñó, sobre un osito de peluche, a aplicar inyecciones.- Esa cajita de acero que guardaba la original jeringa de vidrio, aùn la conservo.
Mi padre falleció cuando yo era muy pequeña, dejando un vacío inconmensurable en mi vida, pero la llama que él prendió en mi, la vocación por la medicina, que es la vocación por el ayudar al otro a estar mejor, no se apagó jamás, se fue acrecentando, y, a pesar de todas las piedras que se nos presentaron en el camino, y con el apoyo de una madre ejemplo de sacrificio y amor infinito a sus dos hijos, alcancé a graduarme con honores.
No me pregunten por qué elegí ser especialista en obstetricia y ginecología, ya que me apasionó todo lo que estudié en la Facultad de Medicina de la UBA.-Pero creo que fueron dos factores: por una parte, mi Madre que quería que fuera “doctora de señoras” y por otra parte, y considero que fue la definitoria, cuando cursaba la ùltima materia de la carrera de medicina que fue obstetricia, quedé maravillada con la clase que nos dictó el Prof.Dr.Miguel Margulies, destacadísimo investigador y docente en el área perinatal y pionero de la medicina fetal en la Argentina y Latinoamérica, con quien luego tuve el altísimo honor de trabajar durante más de 30 años.
Los años transcurrieron en forma vertiginosa, abracé con amor la atención de las mujeres y de los niños antes de nacer, estudié, investigué, enseñé, aprendí y continùo aprendiendo,- Pero nunca imaginé, que en una carrera universitaria humanística como la medicina, tuviéramos que hablar de violencia, nunca la violencia estuvo conceptualmente en mi pensamiento ligada a la atención de la embarazada, durante su embarazo, en la atención de su parto y en su puerperio, o sea, en los días que siguen al nacimiento del nuevo ser.
Impulsada por mujeres diputadas y senadoras del Congreso de la Nación y con la influencia de grupos de mujeres, nació la Ley de Violencia Obstétrica.
El desconocer por qué se la llamó así hace que resulte un poco difícil aceptar el término de violencia como título de una Ley, de allí la necesidad de construir el concepto de violencia obstétrica a partir de la ley vigente y evaluarlo a fin de aceptar o no su uso pragmático como concepto fuerza dentro del discurso legal.
Para este análisis hay que partir de la lectura de la ley nacional nº25929 sobre el parto respetado en su artículo 2 que enuncia los derechos de las mujeres embarazadas y rastrear los ejes de este concepto.
Me detendré sólo en aquellos artículos en los que considero que bajo mi concepto de la atención de la mujer embarazada, debo hacer algún comentario
El Artículo 1ro, es de forma
Artículo 2do: Enuncia en diversos incisos, los derechos que la mujer debe conocer sobre el embarazo, el parto y el post-parto.- Es el que reùne la esencia de esta Ley
Iniciaremos su análisis
a) “A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.”
El ser informada sobre las distintas intervenciones médicas no les da a las mujeres embarazadas, ni el conocimiento ni el poder de decisión sobre los procesos que están en curso sobre su cuerpo y el niño por nacer.
Es importante que elija el lugar y el profesional donde asistirse, converse con el mismo, se informe sobre los distintos procedimientos.-Una vez que eligió el profesional que la atenderá, depositará su confianza en el mismo y por ende aceptará sus indicaciones, en cuanto a la atención tanto durante el embarazo como del parto y del niño. El derecho que le asiste en todo momento, es buscar otra opinión si lo considera oportuno.
b) “A ser tratada con respeto, y de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales.”
Coincido absolutamente con este artículo, ya que es la base de la buena praxis cómo profesional de la salud.
c) “ A ser considerada, en su situación respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
Dado que no existe el embarazo sin riesgo no se puede estimar a la mujer embarazada como persona sana per se. En realidad decir que la embarazada es una” persona sana” es “discriminarla positivamente”, dejando de lado los distintos riesgos que engloba este proceso y que puede trocarla en persona enferma a ella o su niño. Atenderla medicamente no implica quitarle protagonismo en su propio parto.
d) Al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer”.-
Este inciso controvierte el proceso o conocimiento médico. La mujer tiene derecho a ser atendida según normas acordes a la mejor evidencia científica nacional e internacional;será el profesional a cargo de la asistencia del parto el que decida lo que corresponda a su caso individual.-Por supuesto, corresponde que se le explique, no sólo a la embarazada, sino a quien la acompañe en el proceso de dar a luz, su situación y el fundamento de las decisiones tomadas por el profesional a cada paso.- La ley de praxis médica explicita el trato respetuoso hacia nuestros pacientes sin discriminación.
e) ”A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales. “
La paciente puede acompañar, informarse específicamente sobre su caso, interconsultar con otro profesional del ramo, pero no ser partícipe del proceso medico si como partícipe se entiende que forme parte activa en el mismo, porque no está capacitada, las decisiones corresponden al profesional tratante.
f) ” A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.”
La investigación en los Hospitales está regulada por la ley de salud y entre sus trámites necesita la aprobación del Comité de Ética. Las mujeres deben aceptar exámenes e intervenciones que tienen que ver con su atención durante el embarazo y parto.-. Siempre que se planifica una investigación se debe conversar con el paciente y proceder a la firma de un consentimiento en presencia de testigos, luego que el protocolo de investigación fue aprobado.- El investigar permite que se avance en el conocimiento médico para facilitar los diagnósticos y tratamientos de futuros pacientes.- La investigación es uno de los grandes pilares de la medicina.- No se debe trabar el desarrollo de la actuación médica generando dudas y susceptibilidades en las pacientes que interfieren en los procesos curativos.
g)” A estar acompañada, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto.”
Este es un derecho ineludible, pero hay que tener en cuenta que si el proceso del parto se complica, o que dicha compañía es un obstáculo para el trabajo profesional, para la mejor atención de la paciente no será admitido.- Por otra parte en muchos establecimientos asistenciales las condiciones físicas del ambiente no son las adecuadas para garantizar la privacidad de las otras mujeres que están simultaneamente pasando por el mismo proceso, y, en consecuencia, no es posible la presencia de otras personas fuera del equipo profesional de atención.
h) “A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.”
i)“A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.”
j)” A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.“
k) “A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.“
Todos estos incisos son derecho ineludible de toda mujer y su familia, que no merecen ningún comentario
Nunca imaginé que era necesario dictar una Ley para legislar lo obvio, lo que la praxis indica que se debe hacer, no sólo con la embarazada, sino con toda persona que se acerca a un establecimiento asistencial a solicitar atención.-
Si era tan necesario plasmar en una Ley las características que debe tener la atención de una mujer a partir que se embaraza, la hubiera llamado “ Derechos de la Mujer durante el Proceso del Nacimiento".
Qué es lo que toda mujer tiene que saber acerca de sus derechos.- La discusión seria trazar una línea clara entre lo que significan los derechos de la embarazada y los procedimientos médicos respecto a la situación concreta de cada embarazo donde no queden ni entrecruzamientos ni lagunas.
Justamente hay que recalcar que: información no es conocimiento, y que el conocimiento científico basado en evidencia científica solo puede ser juzgado por otros profesionales a los cuales la paciente puede, con total derecho acceder a mas de una opinión científica respecto a su caso. – Es importante no confundir derechos de la embarazada con genuina actuación médica en su atención, la cual está reglada y normatizada .-
Todo tipo de maltrato que provenga de los participantes del equipo de salud sobre las embarazadas, ya sea médicos, enfermeros, técnicos, neonatologos, administrativos, etc, será reclamado por las vías administrativas y judiciales correspondientes pero que ya tienen su espacio y no deben interferir en el ámbito de lo perinatal.
Quizás, se podría identificar formas de maltrato e informar sobre como acceder administrativamente a su sanción, porque dentro del circuito normativo hospitalario se admiten este tipo de penas más el acceso a la justicia cuando corresponda.
Es importante no confundir a las mujeres y tratar de que piensen que toda intervención médica es “violencia”.- Es necesario recordar que la mortalidad materna es aùn un gran flagelo, que se acompaña de la mortalidad feto-neonatal.- Aùn son necesarias muchas más intervenciones médicas para disminuir estos índices.- El embarazo no está exento de riesgo y, más aùn, el parto es el momento de mayor riesgo, donde la vida de una joven mujer, quizá ya madre, quede sesgada en unos pocos minutos si no contamos con todos los elementos que la moderna medicina nos ofrece hoy.-El antecedente más antiguo de una acción a favor de las embarazadas fue en Inglaterra cuando el Ministro de Salud, que era abogado, votó una Ley en 1929 para proceder al control prenatal debido a la alta tasa de mortalidad materna.- De la misma manera, que la Institucionalización del parto contribuyó a mejorar esos terribles índices.
La actual Ley de Violencia Obstétrica sólo se ocupa de la atención de la embarazada dentro de los establecimientos de salud, o sea, sólo se ocupa de lo que el equipo de atención materno-perinatal pueda ejercer y ser considerado como violencia. Pero, nadie pensó que la violencia obstétrica realmente en todo su significado se da ampliamente fuera del ámbito de salud?
Cuando una mujer siente florecer el deseo de ser madre, comienza a encontrar infinidad de obstáculos:
1: La Sociedad en la que vivimos: castigadora, ambivalente, con un doble discurso, por un lado a favor de la vida, por el otro, penalizando a la mujer que se embarace fuera de lo que consideran el circuito aceptado socialmente: primero formalizar la pareja y luego decidir el embarazo.- Castigan a la mujer soltera que lleva un embarazo, porque está “sola”.- No, se equivocan no está sola, tiene toda las fuerzas necesarias para llevar su maternidad adelante pero…
2: El trabajo: si está empleada, comienzan a ponerle trabas, si no tiene empleo, no lo consigue excepto que oculte su gestación.- La mujer embarazada es una “carga pùblica” para la mayoría de los empleadores, la relegan a segundo lugar, no le permiten ascensos, y esta circunstancia se da en todos los ámbitos, tanto pùblicos como privados, pero por qué?...
3: No existe Ley laboral que proteja a la mujer embarazada, y esa es la real carencia de la legislación: que tenga derecho a tener jornada laboral reducida, licencia prolongada en la crianza de su hijo, en esa primera etapa de la vida de un ser que hace al apego.- que no tenga MIEDO de decir que está embarazada en su trabajo.- Una Propueta: por qué no se premia al empleador que emplee a mujeres embarazadas respetando su estado,?
4: Desde la organización de la Salud: que todos los establecimientos asistenciales donde se atienden embarazadas tengan la estructura edilicia, los insumos, los aparatos, el personal y los servicios de apoyo, para asegurarles una maternidad segura, amigable, suministrándole todo lo necesario tanto en medicaciones como en alimentos, para que tanto ella como ese nuevo ser puedan cursar esos momentos cruciales de su desarrollo sin sobresaltos.
Mañana de Hospital, la sala de maternidad de bajo riesgo completa de mamás con sus bebés.- La cunita al lado de la cama, el bebé en la mayoría de los casos en brazos de su madre, mimándolos, abrazándolos, mamando…Ingresa la mucama a limpiar en uno de los cuartos donde una mamá acunaba a su bebé.- Sin saludar, sin siquiera mirar esa hermosa escena maternal, pasa el cepillo debajo de la cama y arrastra un chupetito que seguramente le habían regalado a la mamá: no lo levanta, no le pregunta a la mamá si le pertenecía, arrastra con el cepillo el chupete y lo arroja al cesto de residuos……Dolor y estupor de la humilde mamá….No acallé mi indignación hacia tan violenta escena de desamor y agresividad...
Verano, alta temperatura, casas sin suministro eléctrico, falta de agua.- Embarazada que a pesar de todos los inconvenientes se levanta a la madrugada, viaja en tres lineas diferentes de colectivo luego de colectar sus escasos pesitos para hacerlo; había escuchado que era importante el control precoz de la gestación, para proteger la salud de su futuro bebé.- Viaja durante dos horas, por su mente transcurren hermosos pensamientos acerca de su futuro hijo, proyectos de vida amasados durante muchos años.-El conductor del ómnibus la quita de sus sueños anunciando a viva voz “próxima parada hospital..!” Se levanta, va hacia la puerta, desciende, camina las pocas cuadras que la separan del hospital, su corazón late fuerte!.- Asciende los escalones de la entrada, pero….advierte un cartel con letras destacadas en mayùscula, como para que nadie deje de verlo, pegado en el vidrio de la puerta principal..”NO HAY TURNOS PARA OBSTETRICIA HASTA…….”.- Dolor, impotencia, ilusión destrozada, piensa: “para qué pregonan que hay que controlarse si cuando me acerco al hospital me eyectan desde la puerta de entrada..”
Podría seguir, narrando hechos reales, experiencias vividas, compartiendo angustias, impotencia, dolor, tristezas y alegrías al lado de tantas mujeres, que la mayoría de las veces a nivel institucional solas, afrontan el desafío de ser madres, que viajan horas, debajo de la lluvia, el frío, el sol, con los pies manchados de barro, con las manos agrietadas de trabajar, pero que con inmenso amor, abrazan a ese frágil nuevo ser contra su pecho.